El Gobierno reglamentó la Ley de Modernización con cambios clave en sindicatos y convenios
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Buenos Aires.-En lo que representa un paso estratégico para la reconfiguración del mercado de trabajo en el país, el Gobierno nacional oficializó en el Boletín Oficial el Decreto 407/2026. Con la firma del presidente Javier Milei, la normativa reglamenta los aspectos centrales de la Ley de Modernización Laboral 27.802, introduciendo modificaciones de fondo en convenios colectivos, exigencias sindicales, registración, plataformas digitales y servicios eventuales.
Según los considerandos del Ejecutivo, este paquete de medidas tiene como metas prioritarias la reducción de cargas administrativas, el fomento de la formalización del empleo, la mejora en la transparencia sectorial y la adecuación de la legislación a las lógicas y sistemas digitales vigentes.
Convenios colectivos y nuevas reglas sindicales
La flamante reglamentación establece un plazo perentorio de 30 días para que la Secretaría de Trabajo convoque a la renegociación de todos los convenios colectivos de trabajo vencidos, fijando además criterios específicos para encuadrar en esta condición a aquellos acuerdos que carezcan de una fecha expresa de finalización. Asimismo, dispone que los aportes, retenciones y contribuciones previstos en dichos convenios deberán computarse globalmente y ajustarse de forma estricta a los topes legales.
En el plano gremial, el decreto introduce un esquema de mayor control institucional:
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Personería gremial: Se imponen nuevos requisitos para su obtención y se exige la verificación de afiliados mediante registros estatales.
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Desplazamiento de representación: Para que una organización sindical desplace a otra en un mismo ámbito, deberá superarla en al menos un 5% de afiliados cotizantes.
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Horas gremiales: Se restringe su uso, dictaminando que deberán notificarse con un mínimo de 48 horas de anticipación, no podrán acumularse bajo ningún concepto y no deberán afectar bajo ninguna circunstancia a los sectores críticos de las empresas.
Digitalización, recibos de sueldo y licencias médicas
El Decreto 407/2026 avanza decididamente hacia la despapelización de las relaciones laborales. La registración de los trabajadores se centralizará de forma exclusiva a través de los sistemas informáticos de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), eliminando por completo la histórica obligación de llevar libros laborales en formato físico o digital.
Esta centralización fiscal impactará también de forma directa en el sector de la construcción, donde la registración laboral dejará de estar bajo la órbita del IERIC y pasará a ser administrada por ARCA en lo que respecta a altas, bajas y modificaciones.
Por otra parte, se establecen nuevos parámetros de transparencia en el día a día de los trabajadores:
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Estructura del recibo de sueldo: Deberán incorporar de forma obligatoria un desglose detallado que incluya las contribuciones patronales, los descuentos aplicados, el salario bruto, el salario neto y el costo laboral total a cargo del empleador.
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Licencias médicas: Los certificados médicos que prescriban reposo laboral deberán emitirse sin excepción en formato electrónico, utilizando plataformas sanitarias registradas y validadas por profesionales de la salud debidamente habilitados.
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Plataformas tecnológicas y servicios eventuales
En otro orden, la normativa regula de forma diferenciada las nuevas formas de empleo urbano. El texto designa a la Secretaría de Transporte como la autoridad de aplicación para el régimen de servicios privados de movilidad y reparto mediante plataformas tecnológicas, consolidando un esquema específico para la actividad que corre por un carril distinto al régimen general contemplado en la Ley de Contrato de Trabajo.
Finalmente, el decreto flexibiliza el funcionamiento de las empresas de servicios eventuales al simplificar sus requisitos de inscripción en los registros oficiales y ampliar considerablemente los supuestos y condiciones bajo los cuales podrán ser contratadas por las empresas usuarias.
