Desregulación del transporte: el Gobierno nacional liberó el precio de la VTV y sumará nuevos talleres de control
Buenos Aires.- El Gobierno nacional, bajo la administración del presidente Javier Milei, oficializó una profunda reforma en el sistema de control automotor a través de la Resolución 32 de la Secretaría de Transporte. La medida introduce cambios estructurales en la Revisión Técnica Obligatoria (RTO) —denominada Verificación Técnica Vehicular (VTV) en diversas jurisdicciones—, apuntando a la desregulación del sector y a la libre competencia.
Publicada formalmente en el Boletín Oficial, la nueva normativa redefine las reglas de juego para la prestación del servicio mediante dos ejes centrales: la apertura del mercado a más operadores y la eliminación de las tarifas fijas estatales.
Precios liberados y acuerdo entre partes
La principal modificación de cara a los usuarios radica en la metodología de facturación del control obligatorio. A partir de la entrada en vigencia de esta resolución, los precios del servicio serán de libre acuerdo entre los usuarios y los prestadores.
Con la eliminación de los cuadros tarifarios regulados por el Estado, el Ejecutivo busca que la competencia directa entre los centros de inspección actúe como el mecanismo natural de regulación de precios, permitiendo que cada establecimiento fije sus valores de acuerdo con la oferta y la demanda del mercado.
💻 Registro digital y simplificación para nuevos talleres
Para acompañar la desregulación de precios, el Gobierno busca multiplicar la cantidad de centros de control disponibles en todo el territorio nacional. Con este fin, se dispuso la creación del Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos, el cual gestionará sus altas de manera 100% digital a través de la plataforma de Trámites a Distancia (TAD).
Los aspectos más destacados de la reforma para los prestadores incluyen:
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Apertura del sistema: Cualquier Taller de Revisión Técnica (TRT) que cumpla estrictamente con las exigencias de equipamiento y las pautas técnicas vigentes podrá solicitar su incorporación inmediata.
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Alcance universal: Los establecimientos que resulten inscriptos contarán con la habilitación legal para inspeccionar tanto vehículos de uso particular como unidades comerciales, abarcando el transporte de pasajeros y de carga.
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Aprobación automática provisoria: Con el fin de agilizar las habilitaciones y desburocratizar el proceso, si la autoridad de aplicación no formula observaciones u objeciones dentro de los plazos administrativos previstos, el taller solicitante quedará autorizado de forma provisoria para comenzar a operar, quedando sujeto a las auditorías presenciales correspondientes de forma posterior.
La medida se inscribe dentro del paquete de reformas económicas implementadas por la gestión nacional, bajo la premisa de simplificar trámites civiles y reducir la intermediación regulatoria en los servicios obligatorios de transporte.
📊 DATOS CENTRALES DE LA REFORMA:
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Normativa oficial: Resolución 32 de la Secretaría de Transporte de la Nación.
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Eje económico: Liberación de tarifas (libre acuerdo entre prestadores y usuarios).
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Eje administrativo: Creación del Registro Nacional de Talleres vía plataforma digital TAD.
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Alcance: Vehículos particulares y comerciales (carga y pasajeros) en el marco de la RTO / VTV.
¿Qué es la RTO?
La RTO (Revisión Técnica Obligatoria) es una inspección periódica que verifica que un vehículo reúna las condiciones mínimas de seguridad vial y control ambiental necesarias para circular por la vía pública.
¿Cual es el objetivo de la Revisión Técnica Obligatoria (RTO)?
Su objetivo es garantizar que el vehículo cuente con las condiciones mínimas que garanticen su propia seguridad, la de quienes se transportan en él y la de los usuarios de la vía pública.
¿Qué diferencia hay entre la RTO y la VTV?
La RTO es Nacional. En algunas jurisdicciones, como la Provincia de Buenos Aires o la Ciudad de Buenos Aires, el mismo procedimiento suele conocerse como VTV (Verificación Técnica Vehicular).
¿Qué cambia con la nueva normativa?
La medida moderniza el sistema de Revisión Técnica Vehicular (RTO) y crea el Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos. A partir de ahora, cualquier taller, que cumpla con los requisitos técnicos exigidos podrá inscribirse para realizar revisiones técnicas vehiculares.
¿Quién administrará el nuevo registro?
El Registro Nacional de Talleres de Inspección Técnica de Vehículos funcionará en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y será público, gratuito y digital.
¿Dónde podré realizar la revisión técnica de mi vehículo?
Podrá realizarse en cualquier taller que se encuentre inscripto en el Registro Nacional y cumpla con los requisitos técnicos establecidos por la normativa.
¿Podré elegir libremente el taller donde hacer la revisión?
Sí. Los usuarios podrán optar por el establecimiento de su preferencia siempre que esté debidamente registrado y habilitado.
¿Qué tipos de vehículos podrán ser revisados?
Los talleres inscriptos podrán realizar revisiones de vehículos particulares, comerciales, de transporte de pasajeros, de carga, antiguos y especiales.
¿Se mantienen los controles de seguridad?
Sí. La reforma mantiene todos los estándares técnicos y de seguridad vial exigidos por la normativa vigente. Los talleres deberán cumplir los procedimientos de revisión establecidos y contar con un Director Técnico responsable.
¿Qué requisitos deberán cumplir los talleres para inscribirse?
Deberán acreditar capacidad técnica suficiente, contar con el equipamiento requerido y cumplir las condiciones establecidas por la normativa. La inscripción se realizará mediante declaración jurada.
¿Cambian los plazos de la revisión técnica para vehículos particulares?
Sí. Los vehículos particulares 0 km deberán realizar su primera inspección a los cinco años de su patentamiento.
¿Cada cuánto deberán realizar la revisión los vehículos particulares?
Los vehículos particulares de hasta diez años de antigüedad deberán realizar la revisión cada veinticuatro meses. Los vehículos con más de diez años deberán hacerlo cada doce meses.
¿Qué ocurre con los vehículos de transporte de cargas y pasajeros?
La primera revisión deberá realizarse dentro de los doce meses posteriores al patentamiento y luego renovarse cada doce meses.
¿Esta medida implica una desregulación del sistema?
Sí. La medida elimina restricciones que limitaban la participación de nuevos prestadores, fomenta la competencia y amplía la oferta disponible para los usuarios, manteniendo los requisitos técnicos y de seguridad.
¿Cuál es el beneficio para los usuarios?
Los usuarios contarán con más opciones para realizar la revisión técnica, podrán elegir libremente dónde efectuarla y dispondrán de un sistema más ágil, accesible, transparente y previsible.
